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ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD

 

 

En poblacion (provincia),​​ a fecha

 

REUNIDOS

De una parte:

Don/Doña:

nombre_parte_A,

mayor de edad y con​​ 

N.I.F nº:

NIF_parte_A

Domicilio:

domicilio_parte_A,

 

Población:

poblacion_parte_A,

Provincia:

(provincia_parte_A)

Código postal:

CP_parte_A

Email:

email_A

Teléfono:

telefono_A

 

En los sucesivo la​​ “Parte A”

Y otra parte:

Don/Doña:

nombre_parte_B

N.I.F nº:

NIF_parte_B

Actuando:

propiaB

representacio2

En representación de: sociedad_parte_B,​​ CIF:​​ CIF_B, en calidad de​​ cargo_parte_B.​​ 

Domicilio:

domicilio_parte_B,

Población:​​ 

poblacion_parte_B,

Provincia:

(provincia_parte_B).

Código postal:

CP_parte_B

Email:

email_B

 

Web:​​ 

web_B

Teléfono:​​ 

telefono_B

En los sucesivo la​​ “Parte B”

 

La Parte A y la Parte B recibirán la denominación de la “Parte” por separado y las “Partes” de forma conjunta que se reconocen mutuamente plena capacidad para suscribir este acuerdo y quedar vinculadas por el mismo y, con esta finalidad.​​ 

 

 

 

EXPONEN

 

  • Que la “Parte A”​​ desarrolla la actividad:​​ actividad_parte_a.​​ 

  • Que la “Parte B”​​ desarrolla la actividad:​​ actividad_parte_b.​​ 

  • Que ambas partes como consecuencia del objeto del acuerdo podrán acceder mutuamente a información confidencial.

  • Que las​​ Partes desean proteger la anteriormente mencionada información del uso y divulgación no autorizada, y a tal efecto, están interesadas en firmar el presente​​ Acuerdo de Confidencialidad​​ (en adelante, el Acuerdo) según las siguientes:​​ 

 

CLÁUSULAS

 

  • OBJETO DEL​​ ACUERDO

 

A través de este Acuerdo las Partes pactan los términos y condiciones que regularán el intercambio de “Información Confidencial” efectuado por las Partes con motivo de la evaluación de una posible colaboración entre ellas.​​ 

 

Cada Parte se compromete, por el presente Acuerdo, a otorgar un tratamiento confidencial a las informaciones que la otra Parte le comunique en el marco de la colaboración existente entre ambas Partes, con independencia de la información que se comunique sea propiedad o no del transmitente; lo que significa que cualquiera de ellas recibirá el mismo tratamiento independientemente de que la “Información Confidencial” sean o no de su propiedad y, por tanto, no serán divulgadas a terceros, salvo las excepciones previstas en el presente Acuerdo. ​​ 

 

Asimismo, este pacto constituye el acuerdo total entre las Partes respecto a la “Información Confidencial” y, sustituye a cualquier otro entendimiento previo, oral o escrito, que haya existido entre las Partes.

 

  • DEFINICIONES

 

“Información Confidencial”:​​ se entiende toda aquella información de carácter técnico, industrial, financiero, laboral, financiero, tecnológico comercial, personal, intercambiada o divulgada por cualquiera de la Partes a la otra Parte, con independencia de​​ que se transmita de modo: oral, escrito, audiovisual, sonoro, o el soporte en el que se encuentre, trasmita o comunique la parte (“Parte Emisora”) a la otra (“Parte Receptora”) como consecuencia de la relación o colaboración realizada, en estudio, negociación o proyectada.

 

Se avanza a título enunciativo y no limitativo que tendrán consideración de “Información Confidencial”, cualquier información relacionada con: libros contables, de carácter financiero o laboral, clientes, proveedores, diseños,​​ dibujos, programas, marcas, logotipos, sistemas de gestión, acreditados o no, documentos que integren conceptos, ideas, actos preparatorios, know-how.

 

Las Partes acuerdan identificar la información intercambiada como “Información Confidencial” y para ello​​ levantarán acta de las reuniones en las que oralmente se intercambie “Información Confidencial” y marcarán los documentos como “Información Confidencial”. Sin embargo, la ausencia de dicha identificación no anulará la naturaleza confidencial de dicha información.​​ 

 

La existencia misma y contenido del presente Acuerdo es también “Información Confidencial” y le son de aplicación, igualmente, las cláusulas aquí estipuladas.​​ 

 

Emisor:​​ se considera a cualquiera de las partes cuando, dentro de los términos del presente Acuerdo, sea la Parte que proporcione, comunique o suministre la información, conforme lo expuesto en la cláusula 2.1 del presente contrato.​​ 

 

Receptor:​​ se considera a cualquiera de las partes que reciba la “Información Confidencial” de la otra Parte.

 

  • OBLIGACIONES DE SECRETO Y CONFIDENCIALIDAD

 

Las Partes intercambiarán​​ “Información Confidencial”​​ para explorar las colaboraciones presentes y futuras comprometiéndose a​​ tomar las precauciones necesarias y apropiadas para mantener como confidencial la​​ información así definida, y en especial a:​​ 

 

  • Utilizar la “Información Confidencial” de manera reservada.​​ 

  • No divulgar ni comunicar la​​ “Información Confidencial”​​ facilitada por la Parte Emisora.​​ 

  • Evitar la copia o revelación de esa información a​​ terceros, salvo que cuenten con aprobación escrita de la Parte Emisora y únicamente en los términos de tal aprobación.​​ 

  • Restringir el acceso a la “Información Confidencial” a sus respectivos empleados, asociados, subcontratados y a cualquier persona que, por su relación con las Partes, pueda o deba tener acceso a dicha información, advirtiendo de dicho deber de confidencialidad y secreto.​​ 

  • Utilizar la “Información Confidencial” o fragmentos de ésta de forma exclusiva para los fines de la ejecución del presente Acuerdo, absteniéndose de cualquier otra utilización.​​ 

 

Las Partes serán responsables entre sí ante el incumplimiento de esta obligación, ya sea por sus empleados, subcontratados, asociados o por cualquier otra persona a la que hubieran revelado la​​ “Información Confidencial”.​​ 

 

En caso de legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal, las Partes declaran su reconocimiento y respeto hacia la misma, circunstancia que quedará reflejada en su correspondiente cláusula y en su caso, si así fuera necesario en un contrato de Encargado de Tratamiento.

 

  • EXCEPCIONES

 

Sin perjuicio de lo estipulado en la Cláusula anterior, las Partes podrán utilizar o difundir “Información Confidencial” y aceptan que no será de aplicación las​​ obligaciones de confidencialidad y secreto en el caso de que:​​ 

 

  • Cuando la información sea de conocimiento o dominio público y llegue a éste por medios distintos a una infracción del presente​​ Acuerdo de Confidencialidad​​ por cualquiera de las Partes.​​ 

  • Se haya generado, de forma independiente, por o para la Parte Receptora, sin conexión con la​​ “Información Confidencial”, y siempre que dicha generación pueda ser documentada a petición de la Parte Emisora.​​ 

  • La información que pudiera considerarse confidencial ya​​ fuese conocida por la Parte Receptora con anterioridad a la fecha en la que la recibió de la Parte Emisora, siempre que la Parte Receptora lo pueda acreditar documentalmente.​​ 

  • La información recibida proceda de un Tercero que no exija el secreto.​​ 

  • Deba ser comunicada por ley o por requerimiento administrativo o judicial. ​​ En este caso, la Parte Receptora notificará, si así estuviera facultado en función del requerimiento, a la mayor celeridad dicho requerimiento con el fin de que la Parte Emisora pueda interponer las medidas cautelares oportunas, y no revelará más “Información Confidencial” que la que sea estrictamente requerida por la orden administrativa o judicial.​​ 

  • Cuando el Receptor reciba una autorización expresa y escrita para la publicación o comunicación pública de la información del Emisor.

 

  • PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN

 

La​​ “Información Confidencial”​​ es propiedad, exclusivamente, de la Parte Emisora y, en ningún caso podrá entenderse que el intercambio de información suponga una cesión o licencia de​​ derechos sobre la misma en virtud del presente Acuerdo.​​ 

 

La Parte Emisora no presta ninguna garantía acerca de la condición, aptitud, precisión, integridad, corrección, rendimiento o completitud de la​​ “Información Confidencial”.​​ 

 

Las​​ disposiciones de este Acuerdo no se pueden interpretar en el sentido que el Emisor o cualquiera de las partes otorga al Receptor o a otra Parte, explícita o implícitamente, una licencia o cesión sobre un derecho de propiedad intelectual o industrial.

 

  • CESIÓN

 

Ninguna de las Partes podrá ceder sus derechos y obligaciones derivados de este Acuerdo sin el consentimiento previo y expresado por escrito de la otra.

 

  • MODIFICACIÓN DEL ACUERDO

 

Cualquier modificación de este Acuerdo deberá ser acordada de forma​​ previa y por escrito por ambas Partes, debiendo referirse explícitamente en el nuevo documento al presente Acuerdo.​​ 

 

  • DURACIÓN DEL ACUERDO

 

Las partes acuerdan mantener tiempo_tras_finalizacion el presente Acuerdo de Confidencialidad, aún después de terminar sus relaciones comerciales. El presente Acuerdo entrará en vigor en el momento de la firma, pero extiende sus efectos a la “Información Confidencial” revelada con anterioridad. ​​ 

 

  • FRACASO DE LA COLABORACIÓN O DEL PROYECTO ENTRE LAS PARTES

 

En el caso de que fracase la relación comercial o de colaboración del Expositivo III, y por el cual se llegaba a este Acuerdo por las Partes. Se acuerda que se entiende de aplicación y es vinculante para las Partes lo expuesto en la cláusula anterior (cláusula 8) respecto del tiempo existente de mantenimiento de la obligación de confidencialidad.

 

  • TERMINACIÓN

 

El presente Acuerdo podrá resolverse, además de por cualesquiera de las causas previstas en la legislación vigente aplicables, por:​​ 

 

  • La resolución​​ expresa y por escrito de mutuo acuerdo.​​ 

  • El incumplimiento por una Parte de cualquiera de las obligaciones asumidas en el presente Acuerdo, siempre y cuando ese incumplimiento no fuera subsanado en un plazo máximo de –tiempo_subsanacion naturales tras​​ petición escrita de subsanación, a no ser que dicho incumplimiento fuese insubsanable o hiciera imposible el cumplimiento del presente Acuerdo para la Parte Denunciante, en cuyo caso la resolución podrá ser inmediata, y ello en todo caso dejando a salvo la​​ reclamación que por daños y perjuicios pueda corresponder a cualquiera de las Partes.​​ 

 

Sea cual fuere la causa de terminación del presente Acuerdo se estará a lo dispuesto en la cláusula octava anterior.

 

  • TRATAMIENTO DE LA DOCUMENTACIÓN A SU FINALIZACIÓN

 

En el caso de expiración o de terminación sobrevenida de este Acuerdo, independientemente de su causa y dentro de los dias hábiles siguientes a la fecha de esta expiración o terminación, cada Parte que haya actuado como Receptor se obliga a devolver​​ toda la Información Confidencial y toda copia de la misa a la que la otra Parte, en tanto que el Emisor, y que esta hubiera divulgado o transmitido en cualquier tipo de soporte y que es de su propiedad, o en su caso, a destruirla en​​ presencia de un representante autorizado por el Emisor. Además, el Receptor certificará por escrito al Emisor la devolución o destrucción de la “Información Comercial” según proceda.​​ 

 

En caso de incumplimiento se procederá conforme lo expuesto en la cláusula​​ decimosegunda (12).

 

  • ​​ INCUMPLIMIENTO

 

Todo incumplimiento por cualquiera de las Partes de las cláusulas del presente Acuerdo conlleva la obligación, para aquella Parte que incumplió, pagar a la otra Parte una indemnización compensatoria cuyo montante queda​​ fijado en cantidad_indemnizacion, sin perjuicio, del derecho que le asiste a la Parte afectada a ejercer las acciones de defensa de sus intereses que considere oportuno, incluidos los daños y perjuicios y el lucro cesante.​​ 

 

Así mismo, el incumplimiento del presente Acuerdo supone para la otra Parte la posibilidad de terminar inmediatamente el mismo permaneciendo la obligación de confidencialidad expuesta en la cláusula octava.

 

  • PROTECCIÓN DE DATOS

 

Las Partes de este Acuerdo conocen y se obligan a cumplir el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2.016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de los datos personal y a la libre circulación de los datos (RGPD).​​ 

 

De esta​​ forma, las Partes son conscientes de que mediante la firma de este Acuerdo consienten que sus datos personales recogidos en el presente Acuerdo, así como aquellos que se pudiesen recoger en el futuro para poder dar cumplimiento o una correcta ejecución de​​ este mismo podrían ser incorporados por la otra Parte a su propio fichero con el fin de ejecutar correctamente su relación contractual.​​ 

 

Las Partes se comprometen a que estos datos personales no serán comunicados en ningún caso a terceros, aunque, si​​ se diese el caso de que fuera a realizarse algún tipo de comunicación de datos personales, se comprometen siempre y de forma previa a solicitar el consentimiento expreso, informado, e inequívoco de la Parte que es titular de dichos datos de carácter personal.​​ 

 

Los usuarios afectados por el tratamiento de los datos podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad u oposición con los que pudieran contar.​​ 

 

  • DOMICILIO DE NOTIFICACIONES

 

Para realizar cualquier modificación entre las Partes que tengan como origen el presente Acuerdo, las Partes acuerdan que su domicilio a efectos de estas sean las direcciones indicadas al principio del Acuerdo.​​ 

 

Para que la notificación sea efectuada de forma válida deberá realizarse por​​ medio de comunicación fehaciente que debe constancia del momento en que ha sido enviada, a qué dirección ha sido enviada y el momento de su recepción por la otra Parte. Cuando se produjera un cambio en el domicilio a efectos de notificaciones, se deberá comunicar a la otra Parte ésta nueva información, lo más pronto posible, siguiendo el procedimiento establecido.

 

  • ​​ LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

 

El presente Acuerdo de Confidencialidad se regirá por la Legislación Española, y cualquier disputa,​​ controversia o conflicto en la interpretación o ejecución del presente Acuerdo será sometido a la​​ jurisdicción de los Tribunales correspondientes al término judicial de poblacion (provincia), con exclusión de cualquier otro que pudiera corresponder​​ a las partes, al que en este momento renuncian.​​ 

 

Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, las Partes firman el presente Acuerdo de Confidencialidad en todas las hojas por duplicado y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba citados.

 

 

D/Dña. nombre_parte_A

D/Dña. nombre_parte_B

 

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